Dirección General de Derecho Humano al Agua y Concertación Ciudadana -

Información del puesto

Artículo 170 Septies.- Corresponde a la Dirección General de Derecho Humano al Agua y Concertación Ciudadana;

I. Establecer, diseñar e implementar estrategias, para la prevención y resolución de conflictos relacionados con los servicios de agua y la gestión del agua;

II. Impulsar las acciones de participación, concertación e inducción con los sectores social y privado para la elaboración y ejecución de los programas que requiera la Secretaría;

III. Proponer estrategias en coordinación con la Secretaría de Atención Ciudadana para dar solución a las problemáticas relacionadas con el abastecimiento del agua y saneamiento;

IV. Promover y participar en procesos de colaboración con la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana , la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios, la Secretaría de Medio Ambiente la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial todas de la Ciudad de México, para llevar a cabo soluciones consensadas entre las poblaciones que habitan en suelos de conservación, así como de los pueblos originarios, respetando en todo momento las funciones vitales de estos suelos, cumpliendo con el derecho humano al agua de sus habitantes, sin afectar los derechos de los pueblos originarios;

V. Aprobar el diseño y la ejecución de programas, proyectos y acciones públicas territoriales con el consenso de la ciudadanía, comunidad, barrio o pueblo originarios;

VI. Coadyuvar con las diversas áreas de la Secretaría en la necesidad de informar e involucrar a las comunidades locales, para llevar a cabo un proceso de consulta libre, en cumplimiento la normatividad vigente;

VII. Coadyuvar con las diversas áreas de la Secretaría para la implementación de los servicios de agua potable, drenaje y demás que sean necesarias, para resolver los conflictos urgentes y prevenir conflictos sociales en la población;
VIII. Diseñar y proponer estrategias y acciones que permitirán que la Secretaría avance hacia el cumplimiento con el derecho al acceso a la información, a la consulta y a la participación, como aspectos básicos del derecho humano al agua;
IX. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación o le correspondan por suplencia;
X. Suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos y administrativos dentro del ámbito de su competencia, así como substancia y resolver los procedimientos para revocarlos, suspenderlos y/o terminarlos con apego a la normatividad aplicable, previa revisión y opinión de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos;
XI. Remitir a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos los documentos para interponer las acciones jurídicas necesarias, para la defensa de los intereses de la Secretaría, en el ámbito de su competencia;
XII. Expedir copias certificadas, previo cotejo de los originales de los documentos que obren en sus archivos; y
XIII. Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, así como las que correspondan a las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que le estén adscritas.